INFORMATIVO HORMIGUITA TRIBUTARIA

martes, 3 de noviembre de 2015

COMO HACER FRENTE A UNA INSPECCION LABORAL

Las fiscalizaciones laborales realizadas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, está realizándose con mayor intensidad, por ello conversamos con un experto.
 El laboralista  indica los siguientes puntos a tener en cuenta durante una fiscalización laboral en la empresa: 
Aspectos iniciales
La inspección de trabajo es ejercida con el propósito de velar el cumplimiento de las normas laborales, explicó 
La verificación de un incumplimiento, salvo que ello pueda subsanarse, puede provocar la imposición de multas al empleador y, en algunos casos, la asunción de responsabilidades laborales y económicas (la autoridad de trabajo podría, por ejemplo, establecer la existencia de una relación laboral con un tercero y ordenar su incorporación en planillas).
Por ello, es muy importante, tomar conciencia de que una visita de inspección puede traer consecuencias no deseadas por la empresa si ésta no es tratada debidamente por las personas a cargo de las mismas.

Infracción por no pagar la retención del aporte a la ONP dentro de los plazos establecidos

El numeral 4 del artículo 178 del Código Tributario señala que constituye infracción relacionada con el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el no pagar dentro de los plazos establecidos los tributos retenidos o percibidos.
a) Configuración de la Infracción
La presente infracción se configura en el momento en el cual, el agente de retención, en el presente caso, el empleador, efectuó la retención y no cumplió con pagar o la pago fuera de plazos establecidos por la Administración.

Infracciones y Sanciones por no efectuar las Retenciones o Percepciones establecidas por ley

Sanciones por no efectuar las Retenciones o Percepciones establecidas por ley
1. DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN El numeral 13 del artículo 177º del Código Tributario prescribe que constituye infracción relacionada con la obligación de permitir el control de la Administración Tributaria, informar y comparecer ante la misma, el no efectuar las retenciones o percepciones establecidas por ley, salvo que el agente de retención o percepción hubiera cumplido con efectuar el pago del tributo que debió retener o percibir dentro de los plazos establecidos.
2. CONFIGURACIÓN DE LA INFRACCIÓN
La presente infracción se configura en el momento en el cual el agente de retención o percepción no efectúa las retenciones o percepciones que por ley u otra norma se encuentra obligado. Dentro de este contexto, el agente de retención o percepción puede corregir una omisión de su obligación de retener o percibir, frente a una operación gravada con el Impuesto respectivo, siempre que lo lleve a cabo como máximo hasta la fecha de vencimiento del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

MULTA POR NO DECLARAR DENTRO DE PLAZO - PLAME - SI EL CONTRIBUYENTE ACOGIDO AL NRUS CUENTA CON TRABAJADORES ASEGURADOS OBLIGATORIOS DE ESSALUD

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 176 numeral 1 constituye infracción relacionada con la presentación de la declaración jurada, no presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.
Asimismo, la Tabla III del Código Tributario, aprobada por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, señala que a la citada infracción le corresponde como sanción los 0.6% de los I.
De otro lado el artículo 180 del Código Tributario, señala en su inciso c), que se debe entender por I, lo siguiente: 

I: Cuatro veces el límite máximo de cada categoría de los ingresos brutos mensuales del Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) por las actividades y ventas o servicios prestados por el sujeto del Nuevo RUS, según la categoría en que se encuentra  o deba encontrarse ubicado el citado sujeto.

Futbolistas sin visa de trabajo tributan más que los peruanos

Futbolistas sin visa de trabajo pagan un Impuesto a la Renta igual al 30% del total de sus ingresos, señaló jefa de la Sunat

Los jugadores extranjeros que no tienen visa de trabajo terminan pagando más tributos que los nacionales por no haber regularizado su situación laboral, afirmó la jefa de la Sunat, Tania Quispe.
 “Los jugadores extranjeros entran al país como no domiciliados y bajo esa condición pagan un Impuesto a la Renta del 30% del total que ganan. Pagan más que cualquier trabajador peruano”, sostuvo Quispe.
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Esa es la modalidad de contratación que tienen, agregó la representante de la Sunat. La superintendenta señaló que para tributar como cualquier trabajador normal, los jugadores deberían obtener una visa de trabajo.

Facturas electrónicas: cinco claves para integrarlas al negocio

La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) proyectó que al cierre del año, las facturas y recibos electrónicos superarán los 107 millones en el país.

Esto, impulsado por la obligatoriedad impuesta por la Sunat para que más empresas implementen la facturación electrónica en sus negocios. Pero, ¿quiénes están sujetos a esta integración? ¿Cuánto tiempo demora? el  gerente general de B-More, nos da las claves para entender el proceso de la facturación electrónica.

1. EMPRESAS OBLIGADAS POR SUNAT
En el 2013, la Sunat publicó una resolución en la obligó a 239 empresas Pricos (principales contribuyentes) a emitir facturas electrónicas, es decir, documentos tributarios en formato digital, como apunta la Cámara de Comercio de Lima (CCL). El plazo límite de la lista se estableció para el 1 de octubre del 2014.